Preguntas Más Frequentes

P: ¿Quien es el desarrollador?
R: La empresa desarrolladora encargada de estos exquisitos proyecto es CRAGSA, quien a través de Carlos Gonzalez Sr. Carlos Gonzalez Jr. Y un selecto equipo de trabajo conjuntan mas de 20 años de experiencia en el ramo inmobiliario, satisfaciendo las expectativas y necesidades de sus clientes.

P: ¿Son estos desarrollos de tiempo completo o de tiempo compartido?
R: Actualmente los desarrollos de CRAGSA son de tiempo completo.

P: ¿Puedo una persona procedente del extranjero adquirir una propiedad en México?
R: Si, una persona procedente del extranjero puedo adquirir una propiedad en México por medio de un Fideicomiso.

P: ¿Puede una persona procedente del extranjero adquirir una propiedad cerca o frente al mar?
R: Sí, las leyes aprobadas en 1973 y 1993 han hecho posible que personas o empresas extranjeras en participación con empresas mexicanas puedan adquirir intereses de bienes raíces en la costa a través de un Fideicomiso.

P: ¿Quién está involucrado en un Fideicomiso?
R: Tres partes. El vendedor de la propiedad es el fideicomitente, el banco es el administrador (fiduciario), el comprador es el Beneficiario (fideicomiso).

P: ¿Cuánto cuesta el Fideicomiso?
R: Sobre la base de la tarifa actual, la tasa inicial de aproximadamente $ 500 USD para la elaboración del acuerdo y el establecimiento de la confianza más un porcentaje sobre la base del valor de la propiedad. (Estos valores son aproximados y están sujetos a cambios sin previo aviso por cuestiones ajenas a la empresa).

P: ¿Hay tasas adicionales para el Fideicomiso?
R: Sí, el banco carga una cuota anual que cubre sus servicios como administrador. Esta tasa se basa en el valor de la propiedad.

P: ¿Cómo funciona el acuerdo?
R: El título de la propiedad se transfiere a un fideicomiso con un banco mexicano que actúa como fideicomisario. El Acuerdo Fiduciario se formaliza por la expedición de un permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores. El lote o casa comprador ha sido designada como beneficiario en el fideicomiso y el beneficiario de derechos que están inscritos en el registro público por un notario público.

P: ¿Cuáles son mis derechos como comprador?
R: El fideicomiso es un sustituto legal de la propiedad de pago simple, pero en muchos casos, el mandatario es el titular legal de la propiedad. Como beneficiario, usted tiene el derecho de vender su propiedad sin restricción alguna. También puede transferir sus derechos a terceros o dárselos a nombre herederos.

P: ¿El acuerdo Fiduciario puedes ser renovable?
R: Sí, de acuerdo con la Ley de Inversión Extranjera aprobada en 1993, que dice que el acuerdo puede ser renovado por un número indefinido de los sucesivos períodos de 50 años. En efecto, corren a perpetuidad.

P: ¿Quién está involucrado en las operaciones inmobiliarias en México?
R: Normalmente, hay cuatro jugadores que participan en una transacción de bienes raíces. Se trata de la empresa de bienes raíces, el comprador, un banco y un Notario Público.

P: ¿Cuáles son estos los documentos oficiales?
R: Los documentos oficiales que están obligados por ley a fin de transferir la propiedad de los bienes en México no incluye un certificado de derecho de retención sobre la base de una completa búsqueda de títulos por parte del Registro Público de la Propiedad, una declaración del municipio en relación con la propiedad cuotas, la factura del agua, pertinentes y otros impuestos que puedan deberse, y una evaluación de la propiedad a efectos fiscales.

P: ¿Si en una fecha posterior decido a vender mi propiedad, puede cualquier persona comprarlo?
R: Sí, si el comprador es también un extranjero, simplemente se asignan derechos beneficiosos. Si el nuevo comprador es de nacionalidad mexicana, puede dar instrucciones al banco para aprobar el título en favor del comprador.

P: ¿Al adquirir una propiedad es posible rentarla?
R: Si, Al adquirir una propiedad es posible rentarla, apegándose a las normativas que estipule el régimen de condominio

P:¿Que es un régimen de condominio?
R: Un régimen de condominio Es el trámite que se sigue cuando se desea convertir un inmueble en varios bajo el concepto de condominio, ya sea horizontal o vertical. De tal forma que todas las propiedades del mismo estarán sujetas a un Reglamento, cuotas de mantenimiento, etc.

P: ¿Cuál es el costo de la escrituración?
R: El costo de la escrituración es equivalente al 4% o 5% del valor total de la propiedad. (Estos valores son aproximados y están sujetos a cambios sin previo aviso por cuestiones ajenas a la empresa).